PROCESO EVALUATIVO


CAPITULO SEXTO

 PROCESO EVALUATIVO

 

Artículo 27º. De la evaluación.

 

El comité de evaluación está conformado por el consejo académico y dos padres de familia elegidos por el consejo de padres.

 

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

 

Para efectos de la escala bimestral a los estudiantes en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración: 

 

La adaptación de nuestra escala de valoración a la del Ministerio de Educación Nacional nos permite establecer la siguiente escala:

 

 De 4. 5 a  5.0       DESEMPEÑO SUPERIOR

 De 3. 7 a  4.4       DESEMPEÑO ALTO

 De 3.2  a 3.6       DESEMPEÑO  BASICO

 De 0. 0 a  3.1        DESEMPEÑO BAJO

 

 La denominación desempeño básico se entiende como la superación de las competencias necesarias en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referentes los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN y lo establecido en el PEI. El desempeño bajo se entiende como la no superación de las mismas.

 

Esta escala numérica equivaldrá cada periodo académico a la escala nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines presentan: una valoración numérica con el correspondiente concepto de desempeño, además  una breve descripción explicativa, en lenguaje claro y comprensible, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes y las recomendaciones  para su mejoramiento en cada una de las áreas; una casilla que registrará las inasistencias Además cada informe contendrá las observaciones y recomendaciones generales diligenciadas por el respectivo director de grado.

 

La certificación final del grado, se expedirá en dos columnas, una numérica de 0.0 a 5.0 y la otra con el concepto de desempeño, acorde con la escala nacional y será el promedio de los resultados finales de cada periodo.

 

Artículo 28.  Informes Académicos

 

Al finalizar cada periodo académico el padre de familia o acudiente (exclusivamente), recibirá un informe del rendimiento del estudiante y un informe final de evaluación al terminar el año lectivo. Igualmente se incluye la valoración del comportamiento, hecho por parte del director de curso con base en el observador del estudiante y de acuerdo con la siguiente escala:

 

EXCELENTE: no registra llamados de atención verbal, ni escrita.

SOBRESALIENTE: Registra hasta dos amonestaciones escritas.

ACEPTABLE: Registra más de dos amonestaciones escritas. Ha sido suspendido de actividades por reincidencia en faltas leves. Registra actas de compromiso

.INSUFICIENTE: tiene sanción por faltas graves.

 

Parágrafo: si las faltas graves se cometieran al finalizar el año escolar se tendrán en cuenta para no renovación del cupo o para matricula con compromiso especial de comportamiento

 

Los informes de cada período serán firmados  por cada uno de los directores de grado y el Rector, los cuales serán emitidos en papel membreteado de la Institución; la certificación será válida sólo y exclusivamente con la firma del Rector de la Institución.

 

Artículo 29. Estrategias de evaluación utilizadas en la Institución.

 

1.         Solicitud de la definición intensiva de un concepto o principio.

2.         Reconocimiento del significado de un concepto entre varios posibles.

3.         Trabajo con ejemplos.

4.         Relacionar los conceptos con otros de mayor o menor complejidad por medio de recursos gráficos.

5.         Empleo de la exposición temática.

6.         Aplicación de los conceptos a tareas de solución de problemas.

7.         Evaluación indirecta por observación.

8.         Nombramiento de los pasos procedimentales.

9.         Solicitud de reglas o condiciones principales que hay que atender para su ejecución.

10.       Los estudiantes explican a otros el procedimiento.

11.        Observación y seguimiento de la ejecución del procedimiento.

12.       Observación y análisis de los productos logrados gracias a la aplicación de los procedimientos.

13.       Planteamiento de  tareas que exijan la aplicación flexible de los procedimientos.

14.       Observación directa (registro anecdótico, listas de control, rúbricas, escalas de observación, cuestionarios e instrumentos de auto informe).

15.       Escalas de diferencial semántico.

16.       Escalas de actitudes

 

La metodología utilizada en esta Institución demuestra una coherencia total entre el tipo de contenido declarativo que intenta promover (factual o conceptual) con los procedimientos de enseñanza, estrategias y sobre todo con las actividades y técnicas de evaluación.

 

Artículo 30. Promoción

 

Al finalizar el año la comisión de evaluación y promoción será la encargada de determinar cuáles educandos deberán reiniciar un grado determinado.

 

Se consideran los  siguientes criterios para la no promoción de un grado a otro:

 

1.         Educandos con valoración de menos de  tres punto dos (3.2) en tres o más áreas

 

2.         Educandos que hayan obtenido valoración en menos de 3.2 en cualquier de las áreas, durante dos  años consecutivos, no será  promovido al grado siguiente (deberá reiniciar las competencias del último grado cursado).

 

3.         Educandos que hayan dejado de asistir sin justificación en un  20% a las actividades académicas durante el año escolar. Entendido que la revisión será sobre las  horas registradas en cada asignatura.

 

4.         El estudiante de grado once  que al culminar el año lectivo,  le queden áreas pendientes por nivelar, no será proclamado en la ceremonia de graduación ordinaria, deberá presentarse a nivelación durante las dos primeras semanas del calendario académico, requisito sin el cual no podrá ser graduado, el cumplimiento de sus obligaciones académicas no obliga a la institución a proclamarlo en ceremonia pública como a sus demás compañeros.

 

5.         Es  responsabilidad de la comisión  de evaluación y promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos que podrían ser promovidos con anticipación como también aquellos que deben  reiniciar las competencias de un grado y decidir acerca de esta, sin embargo, esto no será causal de pérdida de cupo en la Institución salvo los casos comprobados de comportamientos no deseados y violatorios del Manual de Convivencia. 

 

Artículo 31. Nivelación de competencias

 

Todas las áreas deben tener la misma condición de valoración y nivelación en cada periodo, el estudiante dentro de las  dos semanas, después de finalizado cada periodo tendrá la obligación de nivelar sus competencias no alcanzadas. El docente entregará oportunamente el plan de recuperación y la fecha límite de nivelación  y dejará el registro evidencia y la valoración.

 

Estas actividades están diseñadas  como acciones de refuerzo o plan de mejoramiento mediante investigaciones, complementación, proyectos, prácticas y ensayos. Programados y elaborados por cada docente en su respectiva área, las cuales deben ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes en la fecha establecida.

 

Los planes y actividades de refuerzo se darán a conocer  a los padres de familia o acudientes con el cronograma establecido en la entrega de informes de cada periodo y al finalizar el año lectivo.

 

Los docentes reportarán finalizado cada periodo los casos especiales  de bajo rendimiento académico para estudio en la comisión de evaluación y posterior tratamiento con el padre de familia e instancias competentes, con el fin de ayudar al estudiante en su mejoramiento.

 

Los estudiantes que no alcancen los logros propuestos en alguna de las asignaturas para el cuarto periodo y no realicen  su recuperación dentro del calendario escolar, tendrán derecho a presentar su nivelación dentro de las dos primeras semanas del calendario académico del año siguiente según programación institucional.

 

-Sólo podrán presentarse a nivelaciones en el mes de enero los estudiantes  que solamente  hayan perdido una o dos  áreas, que no hayan superado los límites de inasistencia  y que no hayan perdido alguna de las áreas por dos años consecutivos.

 

 

Artículo 32. Promoción anticipada de grado.

 

 La   Comisión de Evaluación y Promoción decidirá la promoción anticipada de grado a grado de los estudiantes que en cualquier época del primer semestre del año lectivo en curso demuestren persistentemente un desempeño superior en la adquisición de las competencias y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental.

 

Los docentes de básica primaria, básica secundaria y media excepto el grado once que debe cursar el año completo reportarán a la comisión de evaluación y promoción de manera anticipada de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Si la comisión encuentra mérito para realizar dicha promoción elaborará un acta debidamente sustentada, con el fin de que se produzca la Resolución Rectoral que legalice dicha situación.

 

 

Artículo 33. Periodicidad

 

En la Institución  Educativa el año lectivo se distribuye en cuatro (4) periodos de diez semanas cada uno los cuales tendrán el mismo porcentaje de valoración.

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